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martes, 1 de noviembre de 2016

SINDICATOS DE TECNICOS ASISTENCIALES AHORA DEBEN DE SER SINDICATOS DE TRABAJADORES ASISTENCIALES

LA UNIDAD ASISTENCIAL POR MEDIO DE NUESTRA LEY 28561 DEBE DE ALCANZAR A TODO TRABAJADOR ASISTENCIAL QUE SE ENCUENTRE DESPROTEGIDOS SIENDO ASISTENCIALES

1)      CONTAP logro el 29 de junio del 2005 se apruebe nuestra Ley sindical del Técnico Asistencial 28561.

Nuestra Ley original incluía a diferentes trabajadores Asistenciales, además de profesionales, pero cuando llego por 3ra vez pues fue rechazado 2 veces, llego recortado y solo con beneficios solo para los técnicos asistenciales, sean egresados de los Institutos Tecnológicos como los que no tiene título de Institutos.
 
2)      SERVIR Reconoce nuestra Ley del Técnico Asistencial.

SERVIR Reevalúa 15 regímenes laborales y ponen nuestra ley como Asistenciales de la Salud, al lado de Profesores y Magisterial, Docentes universitarios, Profesionales de la Salud, Magistrados, Fiscales, Diplomáticos, INPE, Militares y Policías. 

Gracias a nuestra del Técnico Asistencial ingresamos por SERVIR  al lado de otras leyes y somos colocados dentro de la llamada por Servicio Civil: Carreras especiales.
 

3)      Amplían nuestra Ley sindical del Técnico Asistencial 28561 a otros trabajadores asistenciales mediante D.S. Nro. 012-2011-SA.

El 23 de julio del año 2011 nuestro Ley sindical del técnico asistencial 28561 fue ampliado a otros trabajadores asistenciales como: Nutrición, Farmacia, Rayos X, Odontología, Farmacia, Laboratorio, Obstetricia, Medicina Física y Rehabilitación.


4)      Ministerio de Salud se ve obligado a incluirnos dentro del D.L 1153, pues ya SERVIR reconoció nuestra Ley sindical 28561 de Asistenciales de la Salud.

EL 12 de septiembre del año 2013 después que se publicó la Ley de Servicio Civil un 4 de julio, fue aprobado el D.L. 1153 Decreto Legislativo que regula la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio del Estado.

Las entidades tomadas en cuenta son a) Ministerio de Salud, b) Ministerio de Defensa, c) Ministerio del Interior, d) Ministerio Público, f) Gobiernos Regionales, g) INPE y h) Entidades Públicas cuyo titular es el más alto funcionario público del Poder Ejecutivo, Judicial o Legislativo.    
 
5)      D.L. 1153 es para profesionales colegiados de la Salud.

El D.L. 1153 es para: 1) Médicos, 2) Cirujanos dentistas, 3) Químicos, 4) Obstetras, 5) Enfermeros, 6) Veterinarios, 7) Biólogos, 8) Psicólogos, 9) Nutricionistas, 10) Ingeniero Sanitarios, 11) Asistenta Social y 12) Tecnólogos.  

Técnicos u Auxiliares Asistenciales somos reconocidos por nuestra Ley sindical 28561.  

No habrá sido fácil vernos a los Técnicos al lado de los colegiados y profesionales, la diferencia es que gracias a DIOS teníamos una Ley y con ella la garantía de nuestro Grupo Ocupacional.

Ahora Técnicos Asistenciales como por la ampliación a nuestra Ley 28561 de Nutrición, Farmacia, Rayos X, Odontología, Farmacia, Laboratorio, Obstetricia, Medicina Física y Rehabilitación, estamos dentro del D.L. 1153.

 
6)      Ahora los sindicatos de Técnicos Asistenciales deben de ser sindicatos de trabajadores asistenciales.

Como ya hemos visto ahora por SERVIR nuestra ley sindical del trabajador asistencial estamos dentro de Carreras especiales y también por la Reforma de Salud estamos dentro del D.L 1153 junto a otros trabajadores asistenciales.

Esta razón hace que sea necesario reconocer que no solo somos técnicos asistenciales dentro de nuestra ley sindical 28561, sino otros trabajadores por D.S. Nro. 012-2011-SA.

Ahora se deben de formar sindicatos de trabajadores asistenciales y los sindicatos que se formaron solo para los técnicos asistenciales ahora deberán ser cambiar a ser sindicatos de trabajadores asistenciales.


7)      Y por último los sindicatos de trabajadores asistenciales deberán de incluir a nuestra ley a otros trabajadores asistenciales que no fueron contemplados en el D.S. Nro. 012-2011-SA.

El debate ya empezó, que trabajadores más son asistenciales para que se incluyan a nuestra ley 28561 como paso con otros trabajadores asistenciales.

Existen otros trabajadores que no son administrativos son asistenciales como Lavandería, Costura, Rayos X, Mantenimiento, Vigilantes, Servicios Generales y Choferes que también deberían estar dentro de nuestra Ley  sindical.

Sindicatos que se formaron como de trabajadores asistenciales si podrá incluirlos para hacer los diferentes memoriales que sean dirigidos al Ministerio de Salud como al Congreso de la República del Perú.  

"SOLO LOS ASISTENCIALES ALVARAN A LOS ASISTENCIALES"
"SIEMPRE DE PIE JAMAS DE RODILLAS"
"SI SE PUEDE"

DIOS les bendiga.


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Hola Colega Técnico Asistencial: Espero que comentes, para así seguir sirviendo en la necesidad de la Organización Sindical y Defensa de los Técnicos Asistenciales, llegar a tener nuestro Colegio de Técnicos Asistenciales Paramédicos y seguir organizando mas Sindicatos en todas la Regiones del Perú, las Federaciones Regionales y nuevamente reactivar nuestra Confederación, con quien logramos obtener la Ley del Técnico Asistencial, Ley 28561, Donde el Sindicato de Técnicos SutaEsalud y su Secretario General Juan Manrique Salas, fue quien impulso la unidad de todo Técnico Asistencia, dejar el miedo y por medio de nuestra Confederación Asistencial CONTAP.
Pega el enlace de abajo y encontraras la Ley 28561, Ley del Técnico Asistencial.
Tener Facebook.
Unirse Facebook. https://www.facebook.com/
http://docs.peru.justia.com/federales/leyes/28561-jun-27-2005.pdf
DIOS les bendiga..