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jueves, 20 de octubre de 2016

LOS TECNICOS ASISTENCIALES LEY 28561 SOLICITAMOS SE NOS PRENTE ATENCION

SEÑORES CONGRESISTAS DEL PERU SOLICITAMOS QUE NUESTROS DERECHOS DEL TECNICO ASISTENCIAL DE SALUD POR NUESTRA LEY 28561, NOS SEAN RECONOCIDOS POR SER DE JUSTICIA


1)      LOS TECNICOS ASISTENCIALES QUE NO ES ESCONTRAMOS AGRUPADOS POR LA LEY 28561.
Los Técnicos Asistenciales que trabajamos en los diferentes establecimientos de salud y que nos encontramos agrupados por nuestra Ley sindical 28561 del 29 de junio del año 2005 que fuimos reconocidos por SERVIR dentro de Carreras especiales, y también reconocidos también dentro del D.L 1153 queremos expresarnos que nuestros derechos están siendo discriminados a pesar de tener no solo a la Constitución en que no debe de existir discriminación sino que también no se están cumpliendo la Ley dadas para el mejoramiento a nuestros grupo ocupacional dentro de la meritocracia.

2)      SE HAN DADO DIFERENTES DERECHOS A NUESTRO GRUPO OCUPACIONAL TECNICO ASISTENCIAL AGRUPADOS POR NUESTRA LEY 28561, POR EL CUAL SOLICITAMOS AL CONGRESO DE LA REPUBLICA DEL PERÚ ACABAR ESTA DISCRIMINACION, YA QUE EN EL GRUPO OCUPACIONAL ASISTENCIAL NO SE ESTAN RECONOCIENDO NUESTROS DERECHOS AL CUAL PASAREMOS A ENUMERAR.

a)     Los Técnicos Asistenciales debemos de acceder el nivel SPE SEGÚN Ley 25333

1.1. El año de 1992 el Estado Peruano dio la Ley 25333 para que los Técnicos Asistenciales que habían estudiado a nombre de la Nación y eran egresados de los Institutos Tecnológicos Superiores pudieran acceder al nivel correspondiente SPE.
1.2. Ese año de 1992-1993 Los Técnicos Asistenciales egresados de los IST en todo el Perú por la Ley 25333 y que tuvieran un Titulo a Nombre de la Nación y eran egresados de un IST accedieron al nivel SPE.  
1.3. Han pasado 24 años desde que el Técnico Asistencial egresados de un IST accedió al nivel SPE.
1.4. Ahora el Técnico Asistencial agrupado por nuestra Ley 28561 y egresados de un IST que cuenta con Titulo a Nombre de la Nación de acuerdo a la Ley 25333 venimos solicitamos desde los años 2002 ser tomados en cuenta y acceder al nivel que nos corresponde que es SPE.
1.5. Esperamos en este Congreso más pluralista pueda considerar este derecho y otro que detallaremos a continuación. EL nivel SPE nos corresponde por Ley 25333, esperamos que nuestros estudios también sean reconocidos y no discriminados como está sucediendo en la actualidad.

b)    Los Técnicos Asistenciales debemos de acceder recibir el aumento  del 55% que se dio a todos los asistenciales por el D.L 1153, pero  que los técnicos asistenciales fuimos discriminados.
1.1   El año 2013 se dio el D.L. 1153 que reorganizo el Ministerio de Salud y dio diferentes compensaciones económicas al personal de Salud entre Profesionales y trabajadores Asistenciales.
1.2   El año 2013 con el D.S. 223-2013-EF el Ministerio de Salud aumentó el 55% a los Trabajadores Asistenciales dentro del D.L 1153 el monto por concepto de bonificación de guardias hospitalarias profesionales de salud: Químicos Farmacéuticos, Obstetra, Enfermeros, Tecnólogos Médicos y Asistentas Sociales, recibieron estos aumentos.    
1.3   Los Técnicos Asistenciales dentro del D.L 1153 por nuestra Ley 28561 debimos también de haber recibido el monto por concepto de bonificación de guardias hospitalarias, pero no lo recibimos.
1.4   Los Técnicos Asistenciales dentro del D.L 1153 por nuestra Ley 28561 solicitamos a los Congresistas del Perú que seamos tomados en cuenta en estos aumentos ya que nosotros nos encontramos dentro del D.L. 1153 y fuimos discriminados en el monto por concepto de bonificación de guardias hospitalarias

3)      SEÑORES CONGRESISTAS: SOLICITAMOS LA CREACION DE NUESTROS COLEGIO DE PROFESIONALES TECNICOS ASISTENCIALES, PARA TODOS LOS EGRESADOS A NOMBRE DE LA NACION DE LOS INSTITUTOS TECNOLOGICOS SUPERIORES DEL PERÚ.

1.1.  Los Técnicos Asistenciales egresados de los IST estamos agrupados por nuestra Ley 28561.
1.2. Los Técnicos Asistenciales egresados de los IST debemos de tener nuestro COLEGIO DE PROFESIONALES TECNICOS ASISTENCIALES para mejorar en la organización y nuestro nivel académico.
1.3. Los Técnicos Asistenciales egresados de los IST Debemos de tener nuestro COLEGIO DE PROFESIONALES TECNICOS ASISTENCIALES para delimitar nuestras funciones y garantizar una mejorar atención en salud a las personas que es el fin supremo de toda sociedad.   


A modo de Conclusión:

1)      Acceder a los Técnicos Asistenciales agrupados en la Ley 28561 al nivel SPE de acuerdo a la Ley 25333.
2)      Los Técnicos Asistenciales dentro del D.L. 1153 que fuimos discriminados también debemos de recibir el monto por concepto de bonificación de guardias hospitalarias del 55%.
3)      Los Técnicos Asistenciales egresados de los IST solicitamos para una mejor atención de calidad que debemos de tener nuestro COLEGIO DE PROFESIONALES TECNICOS ASISTENCIALES DEL PERÚ.
Atte.
Alberto Motta Ochoa
Representante  
Técnicos Asistenciales del Perú agrupados por su Ley sindical 28561
DIOS les bendiga

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Hola Colega Técnico Asistencial: Espero que comentes, para así seguir sirviendo en la necesidad de la Organización Sindical y Defensa de los Técnicos Asistenciales, llegar a tener nuestro Colegio de Técnicos Asistenciales Paramédicos y seguir organizando mas Sindicatos en todas la Regiones del Perú, las Federaciones Regionales y nuevamente reactivar nuestra Confederación, con quien logramos obtener la Ley del Técnico Asistencial, Ley 28561, Donde el Sindicato de Técnicos SutaEsalud y su Secretario General Juan Manrique Salas, fue quien impulso la unidad de todo Técnico Asistencia, dejar el miedo y por medio de nuestra Confederación Asistencial CONTAP.
Pega el enlace de abajo y encontraras la Ley 28561, Ley del Técnico Asistencial.
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http://docs.peru.justia.com/federales/leyes/28561-jun-27-2005.pdf
DIOS les bendiga..