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sábado, 26 de mayo de 2012

El Enfermero solo escribe, el Tecnico atiende al Paciente




Solo me pregunto ¿Quien les dijo a los Enfermeros que ellos deben dirigir nuestro trabajo y nuestro destino? Que tanto reclaman mas Enfermeros en los Hospitales, si a la hora que algun familiar necesita atencion a su paciente, les dicen eso lo hace el Tecnico, pues se la pasan escribiendo.
Claro que saben de cambiar a un paciente, bañarlo, limpiarlo de sus evacuaciones, y despues nos atacan que son mejores, si mejores en escribir y cobrar por nosotros, asi que dejen que el Tecnico tenga su Colegio de Tecnicos Asistenciales, y siga brindando la atencion a nuestros pacientes.

Análisis a la mala Reglamentación de la Ley del Técnico 28561 hecha por Fenutssa, Fenateasp y ANMPTAS

Reglamentación 28561 CONTAP
Un análisis a la mala Reglamentación a la Ley del Técnico Asistencial, 28561 
                                                                                 
 Una batalla perdida, por la felonía de Fenutssa y Fenateasp ANMPTAS-Nro 2 2012

1.- No se puede negar de donde nació el Proyecto y luego Ley 28561.- En primer lugar decir a todo aquellos que se irrogan ser artificies de la Ley del Técnico Asistencial (ya no somos Técnicos en Enfermería o de Enfermería, somos Técnicos Asistenciales) que ellos nunca lo presentaron,  pues la ley fue presentada por el 1er. Secretario General Juan Manrique  Salas y la CONTAP, y reconocido por el Congreso de la República del Perú, un Arequipeño que espera debe de ser reconocido, como el organizador de este sueño que hoy otros equivocadamente tratan de irrogarse, pero a la mala sin reconocer este derecho y no solo eso sin la presencia de quien hoy está jubilado y despedido en plena huelga de SutaEsSalud (El 1er. Secretario General de la CONTAP, Colega, Juan Manrique  Salas fue despedido) a él se le debería llamar como asesor del movimiento Sindical del Técnico Asistencial; y en EsSalud, ya los Técnicos deberían y reorganizarse.


2.- Organizar al Técnico Asistencial, no será fácil, pero debemos de avanzar.- 
La unidad del Técnico de todos los sectores no fue, ni es, ni será fácil; pero ya tenemos un nombre; por eso debemos de seguir con la organización del Técnico Asistencial avance de nuestros sindicatos, Federaciones Regionales y nuestra Confederación, CONTAP.


3.- Reglamentación de Ley 28561 Ley del Técnico Asistencial hecha por usurpadores.- Tanto va el agua al cántaro que la felonía se paga con felonía, ahora orgullosos quieren mostrar su traición en un documento legal llamada reglamentación, pero que es tan mala como mordedura de serpiente venenosa, que nos retrasara la Organización y Defensa del Técnico; Todo porque hasta ahora no somos capaces de organizarnos por Sindicatos en cada Hospital, y así llegar a tener nuestra Reunión y forjar el nuevo rumbo y nuestros verdaderos representantes, a nivel Nacional y no que salgan seudos representantes de organizaciones que se opusieron a nuestra Ley y hoy demuestran su mal interés, dando una reglamentación que nada dice, no sirve a nadie y traiciona nuestro porvenir, claro que le sirve a las Enfermeras y a Fenutssa y Fenateasp, les sirve para la foto, ¿Pero algún beneficio al Técnico Asistencial? Ninguno.

4.- Los reglamentadores felones de Fenutssa y Fenateasp que no presentan nada y solo dicen si señor.

Análisis de la reglamentación de la Ley 28561

Artículo I

Art. 1. Vergüenza me daría enseñar una reglamentación que hace peor el trabajo del Técnico, pero dice “regularlo”.

Art. 2. Ellos hablan de actividades y tareas, que son asignadas. Señores y señoras de la Fenutssa y Fenateasp, ustedes están sirviendo a las Enfermeras, o al Técnico Asistencial. ¿Quién asigna las tareas a las Enfermeras, u otros Profesionales? nadie, les asigna tareas.
Pues la Ley y su reglamentación, nos debió de dar o reglamentar funciones, al Técnico Asistencial, eso se debió incluir sus Funciones y jamás lo que ustedes reglamentaron, tareas. 

Art. 3. Requisitos para el Técnico y Auxiliar. Ustedes ponen lo que dice el manual, eso es el colmo.
Debió decir. Después de la aprobación de este reglamento, todo postulante a un cargo de Tecnico Asistencial deberá de tener su Titulo de egresado de un IST, a nombre de la Nación.

Capitulo II
   
Artículo 4. Que horrible, que sus funciones sean, participar, apoyar, en tareas y cumplir con bioseguridad, vergüenza me da publicar esto, señores de la Fenutssa y Fenateasp.

La reglamentación debió decir por ejemplo:
¿Cuáles son las funciones de los Técnicos Asistenciales? ninguna, solo apoyar, participar, y cumplir con las tareas, que vergüenza.

Debería decir, que son Funciones del Técnico Asistencial: 
Movilizar pacientes en la atención, recuperación y rehabilitación, como: Verificar funciones Vitales, Llevara a pacientes a Rx, o diferentes Interconsultas, dar confort a pacientes, en su alimentación, y registrar su evolución y terminar diciendo, su trabajo será reportado en un cuaderno de reportes, que será manejado por los Técnicos Asistenciales de cada Hospital y servicio, y cuántas cosas más que el Técnico Asistencial realiza, eso son funciones. 

Capitulo III
Derechos

Artículo 5. Señores y señoras de la Fenutssa y Fenateasp, como va ser un derecho:

a)  Desempeñar funciones, total, es el capítulo de derechos.
b) Pasa, ambiente de trabajo.
c)  Recibir insumos, o uniformes, eso redactan.
d) Remuneración equitativa, ¿En base de qué Leyes?
e)  Orientación legal; por favor defensa legal del caso.
f)   Licencias Sindicales, repiten lo de la Ley ya tenía.
g) Exámenes de Salud, pasa.
h) A participar en guardias, o se les asigne las guardias establecidas.
i)   Tenemos derechos consagrados, pero Fenutssa y Fenateasp, reconózcanlos.

Ahora les vamos a decir lo que ustedes Fenutssa y Fenateasp niegan con sus palabras, pero con sus acciones y hechos, lo demuestran, están en contra del Técnico Asistencial, y a favor de las enfermeras, pues en derechos debió decir:

Acá debe decir:
En el Sector Público el cumplimiento de la 276 y sus normas complementarias, y la defensa legal del Técnico Asistencial, por parte de la Institución, en procesos en cumplimiento de sus funciones. Y además el reconocimiento del Técnico Titulado en IST a nombre de la Nación, y el acceso en todos los Sectores, al Nivel Profesional al Nivel inmediato Superior intermedio del Escalafón, con el reconocimiento al P4 en EsSalud, (y en el Ministerio de Salud, conocido como SPE, Ley 25333) además la creación del Colegio de Técnicos, que como requisito seria, Ser Titulado a Nombre de la Nación, y la Formación y verificación de los Sindicatos de Técnicos Asistenciales, en todo lugar que trabaje un Técnico Asistencial, con informe del cumplimiento a la OIT.

Creación de las Jefaturas del Técnico Asistencial.
En todas sus dependencias, donde trabajen Técnicos Asistenciales. Esta oficina se encargaría de hacer el trabajo Administrativo, y estaría dirigido por Técnicos Asistenciales 
Titulados a Nombre de la Nación, y con más tiempo de servicio.

Artículo 6. Apoyar, participar, con las actividades.
Debe de decir:
Cumplir sus funciones Asignadas en el presente reglamento.

Capítulo IV
De la estructura y niveles

Artículo 7. La homologación del trabajador Técnico Asistencial, la creación y aperturas de cargos, para el debido acceso al nivel correspondiente, por tener:

Acceso a los Técnicos Titulados a Nombre de la Nación, de acuerdo a la Ley 25333, para tener el nivel correspondiente de Servidores Profesionales “E”, SP”E.
Acceso a todos los Técnicos con más de 15 años de servicio, al nivel superior Técnico “A”, por tiempo de servicio, experiencia en el cargo, y permanencia en su función.

La capacitación Inmediata de todos sus Técnicos Asistenciales para la obtención del Título a Nombre de la Nación.  

Que los Técnicos Asistenciales Titulados, enseñen y capaciten a colegas, en los IST.

Disposiciones Complementarias.- Esta Ley, será aplicable en todo Sector donde trabaje un Técnico Asistencial.

Capítulo V
Modalidad de trabajo

Bueno pasa.
Artículo 8.
Ningún Técnico Asistencial trabajara más de, las 150 horas. Quienes antes de la Ley del Técnico Asistencial trabajaban más de 220 horas Como EsSalud, Clínicas y otros donde trabaja un Técnico Asistencial.

Artículo 9. Solo está de relleno, se repite del Artículo 8.

Artículo 10.

Capítulo VI
Capacitación

Artículo 11 y 12.
En Estado garantiza la profesionalización y capacitación, para los Técnicos Asistenciales.
La aplicación de la Ley del Técnico Asistencial, será en cumplimiento de las Leyes de meritocracia, pues el acceso inmediato a los Técnicos al nivel correspondiente, para luego post titulación y capacitación, se pueda seguir con la actualización en sus funciones.


Conclusiones


¿Quienes trabajaron en esta Felonía, llamada Reglamentación además de Fenutssa y Fenateasp?

Esta traición al Técnico Asistencial en la Reglamentación lo trabaja una comisión integrada por 2 Representantes de Fenutssa, 1 Representante de Fenateasp y un representante 
de la Seudo Asociación Nacional de Técnicos ANMPTAS. Con quienes mas, 1 representante de la Alta Dirección del MINSA. El Director General de la Oficina General de Gestión de recursos Humanos. El Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto. El Director General de la Dirección General de Salud de las personas. La Directora General de la Oficina general de Asesoría Jurídica, o su representante.

¿Dónde están los representantes de quienes presentan esta Ley, CONTAP? ¿Por qué no llamaron a quienes el Congreso reconoció como los que presentaron la Ley 28561? Donde esta los representantes de los Sindicatos del INPE, FAP, Ejercito  del Perú, que ya tienen Sindicatos de Técnicos.



Por eso El Cap I. En el ámbito de aplicación, queda corta la Ley; pues no estuvieron presentes sus verdaderos representantes del Técnico Asistencial de otros Sectores.



¿Se puede mejorar esta mala Reglamentación de la Ley del Técnico Asistencial?

No se puede mejorar esta mala reglamentación. Pues es tan mala que solo quedaría se salve por la Ley del Técnico Asistencial 28561; pues su reglamentación  manda al 
tacho a todos los Técnicos quienes cumplimos esta abnegada función a de atender a nuestros pacientes.

¿Qué solución tenemos los Técnicos Asistenciales, ante la traición de nuestros llamados representantes?

Esta reglamentación de la Ley del Técnico Asistencial no alcanza gracias a DIOS, a quienes tenemos Titulo a Nombre de la Nación, por eso solo nos quedaría:
1ro. Trabajar para la creación de los Colegios  de Técnicos Asistenciales del Perú.
2do. Todo Técnico Asistencial  estudie y obtenga su Titulo a Nombre de la Nación y
3ro. Se formen los Sindicatos de Técnicos Asistenciales, las Federaciones Regionales y como el Ave Fénix, se nombre a sus nuevos representantes de la Confederación que obtuvo esta Ley como el verdadero  ejemplo de identificación con los Colegas de todos los Sectores, CONTAP, llamando como asesor a quien presento esta Ley a nombre de todo Técnico, el Colega y Compañero, amigo de batallas, asesor del movimiento Sindical de Técnicos y gran luchador, Juan Manrique Salas.

Respuesta del ataque por el canal 8, a la Decana de los Tecnólogos.- Lic. T.M.  Sara Valer Gonzales acerca de que Técnicos seamos Tecnólogos por una Ley, usted debería estar enterada del trabajo del Técnico Asistencial y no ofendiendo que no somos capaces con las mismas palabras la Decana de Enfermeras;  pues los Técnicos tenemos mayor permanecía en la atención, cuidado y rehabilitación de nuestro pacientes. Usted debe dar soluciones sin ofender a otro grupo ocupacional y eso será cuando alguien de ustedes, (Profesionales de la Salud) apoye la creación del Colegio de Técnicos.
Pero como siempre que le va importar, pues solo existen ustedes y nadie más. Nosotros no tenemos un Colegio, para responder las calumnias y ofensas al trabajo del Técnico Asistencial, como es debido.  Pues si uno desearía denunciarla se podría hacer por las diferentes calumnias emitidas en el canal 8. Esto parecería que ustedes se unen al Decanato de Enfermeras, pues atacan, calumnian como sin nada, unidas para denigrar el trabajo de los Técnicos Asistenciales, pero verdaderamente no proponen nada solo atacan.
Sería diferente si ustedes proponen que los Técnicos Titulados Nombre de la Nación, en vez de ser Enfermeros o ahora Tecnólogos; tengamos nuestro propio Colegio de Técnicos Asistenciales del Perú. Decana de Enfermeras (o) y Decana de Tecnólogos Basta de calumnias y denigrar el trabajo del Técnico Asistencial.  

9.- Una verdadera reglamentación traería mejoras y no atrasos.- La reglamentación debía haber traído pase de Nivel del Técnico en el Escalafón por tiempo de servicio y Jefaturas de Técnicos.

10.- Paso de unidad del Técnico Asistencial.- Basta de la satanización a los Sindicatos de Técnicos, por parte de todos los opositores que nada hacen y traicionan al Técnico Asistencial. Unidad del Técnico Asistencial es la organización para el desarrollo Profesional y social, buscando un frente que unan a todos los Sindicatos y Federaciones, llevando las banderas de la Defensa de la Salud y la nivelación de sueldos y salarios, en todo Sector, para así juntos y mejor organizados luchar por nuestros derechos y reivindicaciones.



DIOS los bendiga en nombre de su Hijo Jesucristo.



                                                                                                                               Alberto Motta Ochoa
1er. Sec. Nac. Colegiado de Defensa CONTAP

             Técnico Asistencial