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domingo, 16 de agosto de 2015

Carta Pública al Congreso acabe la discriminación al Técnico Asistencial egresados de un IST dentro de la Ley 28561 y reconozcan los derechos postergados

Los Técnicos Asistenciales de la Salud dentro de la Ley 28561, egresados de un IST a nombre de la Nación y dentro del D.L. 1153, se debe de acabar la discriminación a nuestro Grupo Ocupacional y deben de acceder al nivel correspondiente SPE según Ley 25333 y el aumento de guardias del 55% que ya perciben otros grupo ocupacionales.

Además los Técnicos Asistenciales de la Ley 28561 y son egresados de un IST a nombre de la Nación, deben de tener el derecho de convalidar sus estudios Técnicos en una carrera Universitaria, pero como no existe un área de Salud Universitaria donde convalidad, se debe de crear el COLEGIO PARAMEDICO DE ASISTENCIALES DE LA SALUD DEL PERÚ a nivel Universitario y así acabar con la discriminación del Técnico Asistencial de la Salud egresado de un IST, pues también es la promesa del Presidente Ollanta Humala que todos los egresados de un IST podrán convalidar sus estudios en una Universidad.   

Señores Congresistas de la República del Perú

1)    Técnicos Asistenciales de la Salud del Perú. Los Técnicos Asistenciales del Perú que hoy nos encontramos regulados dentro de la Ley 28561, nos presentamos ante ustedes para llamarles la atención de que por favor revisen nuestro caso ya que nos encontramos con nuestros derechos postergados además estamos siendo discriminados constantemente e injustamente.

2)    Técnicos Asistenciales de la Salud dentro de la Ley 28561 hacemos la exposición de motivos del porque debemos de alcanzar el nivel que nos corresponde SPE.

1) Exposición de motivos

a)    Se da Ley 25333 para egresados de un IST accedan al nivel correspondiente. El año 1992 se decreta la Ley 25333 para que todos los egresados de un IST que cuentan con un Titulo a Nombre del Estado Peruano, accedan al nivel correspondiente SPE.

b)    Técnicos Asistenciales de la Salud acceden al nivel correspondiente SPE. El Mismo año de 1992 de reglamenta dicha Ley y los Técnicos Asistenciales de la Salud que contaban con el requisito de tener su Título de un IST a nombre de la Nación fueron el año 1992 accedidos el primer grupo ocupacional de Técnicos Asistenciales de la Salud por primera vez al nivel correspondiente SPE, según lo señalado por la Ley 25333.   

c)     Colegas Técnicos Asistenciales de la Salud jubiladas por límite de edad sin ser reconocidos en su derecho a la Ley 25333. Muchos trabajadores Asistenciales de la Salud con el poco sueldo que se ganaba nos pusimos a estudiar en un IST y tener las prácticas necesarias y la Tesis para obtener nuestro Titulo a nombre de la Nación. Muchos de nuestras colegas que contaban con su Título de Técnicas Profesionales a Nombre de la Nación, jamás alcanzaran su nivel correspondiente, pues desde el año 1992 no se volvió a convocar nuevamente a los Técnicos Asistenciales de la Salud, y consideramos discriminatorio, pues mientras otros grupos ocupacionales son convocados para el nivel que les corresponde, los egresados de un IST estamos discriminados desde el año 1992.

d)    Añadiendo a la discriminación más discriminación. El año 2006 la Ministra de Salud Pilar Mazzetti toma en cuenta la Técnico Asistencial de la Salud egresado de un IST para que acceda al nivel que le corresponde SPE según Ley 25333, hace su exposición de motivos en el Congreso de la Republica del Perú, es aprobado un cambio más de Grupo Ocupacional y saca la Resolución Ministerial 209-2006-MINSA para que los Técnicos con Titulo a Nombre de la Nación sean ubicados en el lugar correspondiente SPE según Ley 25333.

d1. ¿Al fin Técnicos egresados de un IST  beneficiado? La Ministra de Salud Pilar Mazzetti señalo en la R.M. 209-2006-MINSA que el Técnico con Titulo de un IST sea ubicado en el nivel SPE.

d2. Técnicos Asistenciales egresados de un IST discriminado, pues no cumplen con beneficio. La Resolución Ministerial 209-2006-MINSA firmado por la Ministra de Salud Pilar Mazzetti a favor de los Técnicos egresados de un IST se ubique en el nivel SPE jamás fue cumplida por los funcionarios del MINSA y tampoco por las comisiones que se formó en todo el Perú para que el Técnicos Asistencial según esta R. M.  209-2006-MINSA acedamos al nivel SPE.         

3)    Técnicos Asistenciales de la Salud egresados de un IST estamos constantemente discriminados. Los Técnicos Asistenciales de la Salud, dentro de la Ley 28561 egresados de un IST por Ley 25333 estar ubicados en el lugar que nos corresponde que es SPE. Es una injusticia total a nuestro nivel Técnico, además un acto otra vez discriminatorio que existiendo una R. M. 209-2006-MINSA a nuestro favor no se cumpla.
Son 23 años en el olvido sin cambio de nivel al que nos corresponde SPE según Ley 25333 de todos los Técnicos Asistenciales egresados de un IST.

4)    Técnicos Asistenciales de la Salud egresados de un IST y dentro de la Ley 28561. Los Técnicos Asistenciales de la Salud que hemos acabado nuestros estudios en un IST, cuando nos presentamos a una Universidad y queremos convalidar en una carrera Universitaria, se nos niega, aludiendo que nuestros estudios Técnicos no tienen ningún valor y si queremos debemos de empezar a estudiar desde el inicio o primer siclo.

5)    Técnicos Asistenciales de la Salud egresados de un IST y dentro de la Ley 28561, solicitamos al Congreso de la República del Perú la creación del COLEGIO PARAMEDICO DE ASISTENCIALES DE LA SALUD DEL PERÚ.  

2) Exposición de motivos

a)    Colegio de Enfermeros rechazan Títulos Técnicos Asistenciales de la Salud de egresados de un IST. La Universidad Cayetano Heredia apertura la carrera Universitaria en Enfermería para los egresados de un IST pudieran convalidar. Estando ya estudiando muchos colegas egresados de un IST, el Colegio de Enfermeros del Perú por medio de su Decana desconoció oficialmente cualquier convalidación Técnica a nivel Universitario, y así acabando cualquier convalidación del Técnicos Asistencial egresado de un IST.

b)    Colegio de Tecnología Médica también rechazan Títulos Técnicos Asistenciales de la Salud de egresados de un IST. El Colegio de Tecnología Médica por medio de su Decanato también rechaza los estudios Técnicos de egresados de un IST.

c)     Técnicos Asistenciales de la Salud egresados de un IST y dentro de la Ley 28561 son discriminados y no pueden convalidar sus estudios Técnicos. Los Técnicos Asistenciales de la Salud egresados de un IST al ser rechazados de las dos áreas de la Salud de Enfermería y Tecnología Médica se quedan sin la posibilidad de poder convalidar su Título Técnico a nombre de la Nación.

d)    Presidente Ollanta Humala ofrece que todos los egresados de un IST tendremos el derecho de convalidar nuestros Títulos de un IST. Se debe de considerar que los egresados de un IST en el área de Salud, no tenemos donde convalidar nuestros estudios, ya que las carreras antes mencionadas no cerraron las puertas para poder convalidar nuestros estudio Técnicos, en ninguna carrera Universitaria en el área de Salud. Y tomando las palabras públicas del Presidente Humala que todos los egresados de un IST podrán convalidar estudios en una Universidad, solicitamos la creación del COLEGIO PARAMEDICO DE ASISTENCIALES DE LA SALUD DEL PERÚ y así acabar con la discriminación y mejorar el nivel académico del Técnico Asistencial de la Salud generando una mejor Nación en calidad de Salud.

e)     Los Técnicos Asistenciales de la Salud del Perú y egresados de un IST a Nombre de la Nación, tenemos el derecho como todo Peruano a una mejor oportunidad en nuestra Patria. Se debe de acabar la discriminación del Técnico Asistencial egresado de un IST, como ya está sucediendo en otros Países. La Reforma del Perú no puede ser ajeno a los derechos irrenunciables de todo trabajador y de todo ciudadano, según nuestra Constitución Política del Estado Peruano. Los egresados Técnicos Asistenciales de la Salud egresados de un IST dentro de la Ley 28561 cumplimos en el área de Salud una labor importante durante décadas en todos los Hospitales y centros de Salud de todos los Sectores y de toda la Nación, y se nos debe de reconocer nuestros postergados e inalienables derechos, como es el de igualdad superación.

f)      El Técnico Asistencial egresado de un IST no debe de ser discriminado por sus Estudios al no poder convalidar en ninguna carrera Universitaria en el área de Salud. Todas las personas del Perú tenemos derechos al libre desarrollo, igualdad ante la Ley según nuestra Constitución Política del Perú y que nadie debe de ser discriminado por ninguna razón. Es por eso solicitamos se acabe la discriminación del Técnico Asistencial egresado de un IST y se cree nuestro:
COLEGIO PARAMEDICO DE ASISTENCIALES DE LA SALUD DEL PERÚ.    

Los Técnicos Asistenciales de la Salud egresados de un IST como grupo ocupacional en el área de la Salud en todos los Sectores cumplimos todos los requisitos para la creación de una nueva carrera Universitaria, que acabe con la discriminación de nuestro Grupo Ocupacional Técnico Profesional de la Salud.     

6)    No menos importante cumplir el aumento de guardias del 55% pues los Técnicos Asistenciales dentro del Decreto legislativo 1153 estamos siendo discriminados en dichos aumentos. Tampoco queremos dejar de mencionar que los Técnicos Asistenciales de la Salud según nuestra Ley 28561 y dentro del Decreto Legislativo 1153, merecemos el aumento del 55% y que también se nos discrimino en dicho aumento y no lo percibimos hasta la fecha, cuando los otros grupo ocupacionales dentro del D.L. 1153 ya perciben este beneficio además recalcar que es la primera vez en los aumentos de guardias que el Técnico Asistencial de la Salud, no recibe el aumento de sus guardias, como los otros grupo asistenciales de la Salud, razón para señalar una discriminación más.


7)    A modo de conclusión.

1)    Los Técnicos Asistenciales de la Salud egresados de un IST solicitamos:
Ser ubicados en nivel que nos corresponde SPE según Ley 25333.

2)    Que se acabe la discriminación para los Técnicos Asistenciales de la Salud egresados de un IST y se nos cree el:  
COLEGIO PARAMEDICO DE ASISTENCIALES DE LA SALUD DEL PERÚ.    

3)    Los Técnicos Asistenciales de la Salud según Ley 28561 y dentro del D.L. 1153, solicitamos:
Que también se nos reconozca el derecho del aumento de guardias del 55% a los sueldos, que ya perciben otros grupos ocupacionales.

Sin otro en particular
DIOS los bendiga
Att. Alberto Motta Ochoa


2 comentarios:

  1. Excelente colega, espero hagamos grande está confederación de profesionales Técnicos asistenciales, adelante colegas.

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  2. Debemos de lograr mas sindicatos y mas federaciones regionales CONTAP, apoyamos en todo

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Hola Colega Técnico Asistencial: Espero que comentes, para así seguir sirviendo en la necesidad de la Organización Sindical y Defensa de los Técnicos Asistenciales, llegar a tener nuestro Colegio de Técnicos Asistenciales Paramédicos y seguir organizando mas Sindicatos en todas la Regiones del Perú, las Federaciones Regionales y nuevamente reactivar nuestra Confederación, con quien logramos obtener la Ley del Técnico Asistencial, Ley 28561, Donde el Sindicato de Técnicos SutaEsalud y su Secretario General Juan Manrique Salas, fue quien impulso la unidad de todo Técnico Asistencia, dejar el miedo y por medio de nuestra Confederación Asistencial CONTAP.
Pega el enlace de abajo y encontraras la Ley 28561, Ley del Técnico Asistencial.
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http://docs.peru.justia.com/federales/leyes/28561-jun-27-2005.pdf
DIOS les bendiga..