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martes, 21 de abril de 2020

MINISTRO DE SALUD VÍCTOR ZAMORA MESIA LOS DERECHOS LABORALES DEL TÉCNICO ASISTENCIAL LEY 28561 ESTÁN DISCRIMINADOS

MINISTRO DE SALUD VÍCTOR ZAMORA MESIA EL COVID-19 DESNUDO LA MAL QUE ESTA EL SISTEMA DE SALUD TAMBIÉN LAS MALAS CONDICIONES LABORALES EN LA QUE NOS ENCONTRAMOS

ES NECESARIA UN REFORMA DE SALUD INTEGRAL DONDE RECONOZCAN AL TÉCNICO ASISTENCIAL LEY 28561 
LOS TÉCNICOS ASISTENCIALES AGRUPADOS POR NUESTRA LEY 28561 RECONOCIDOS POR SERVIR DENTRO DE CARRERAS ESPECIALES Y EN LA REFORMA MINSA DEL DECRETO LEGISLATIVO 1153 Y NOS ENCONTRAMOS DISCRIMINADOS EN NUESTROS DERECHOS LABORALES   
MINISTRO DE SALUD EN LA LUCHA CONTRA EL COVID-19 EN EL PERÚ HACEN FALTA MAS IMPLEMENTOS DE BIOSEGURIDAD, FALTA MAS PERSONAL DE SALUD, FALTA MAS PRUEBAS COVID-19 AL PERSONAL QUE SE ENCUENTRA LABORANDO EN EL PERÚ, FALTA SE PAGUE A TODO EL PERSONAL QUE SE ENCUENTRA LABORANDO EL BONO DE SALUD COVID-19, FALTA DE PROGRAMEN LAS 12 GUARDIAS AL PERSONAL ASISTENCIAL, FALTAN ALIMENTOS AL PERSONAL ASISTENCIAL QUE TRABAJA 12 HORAS SEGUIDAS, TAMBIÉN PODAMOS RETIRAR CTS,  EL BANCO DE LA NACIÓN CONSIDERE A LA PRORROGA DEL PAGO A QUIENES GANAMOS 2,100


FALTA ACABAR CON DIFERENTES TIPOS DE CONTRATOS COMO LOS TERCEROS Y OTROS QUE SON LESIVOS A LOS DERECHOS LABORALES DEL TRABAJADOR DE SALUD Y TODOS LOS CONTRATADOS PASEN A SER CAS Y SEAN NOMBRADOS

Y LOS JUBILADOS CON MAS DE 70 AÑOS AL RETIRARSE LA ONP LES PAGA 850 SOLES QUE ES REDONDEANDO 250 DOLARES AL MES 

1) ¿DEBE DE ACABAR LA INJUSTICIA Y DISCRIMINACIÓN QUE SUFRIMOS LOS TÉCNICOS ASISTENCIALES DE LA SALUD DEL PERÚ AGRUPADOS POR LA LEY 28561, Y SOMOS PARTE DEL EQUIPO DE SALUD Y CUMPLIMOS LAS INDICACIONES MEDICAS? 
Sufrimos discriminación hace mas de 27 años, a pesar de estar años reclamando, no se nos toma en cuenta tenemos una cantidad de documentos que solo nos responden de mala gana, no hay dinero y no se puede pues pasaran a ser profesionales y no habrán técnicos,  etc, no saben ni que responder eso es mentira, acceder de técnicos no significa dejar de ser técnicos.

1.1) Discriminan 27 años los Titulo de IST a Nombre del Estado Peruano y no nos acceden al nivel SP "E" que nos corresponde; según Ley 25333, a pesar que SERVIR lo reconoce, pero no hacen nada pues dicen que el MINSA lo deben de hacer y el MINSA dice que los deben de hacer los establecimientos de salud y así la pelota rueda y rueda. 

Ministerio de Economia niegan SPE 
https://www.facebook.com/tecnicos.contap/media_set?set=a.1135733706586356&type=3

1.2) Discriminados 07 años del aumento del 55% de guardias hospitalarias, según lo esta pagando a los profesionales de la salud, dado por el Decreto Legislativo 1153 a todos los asistenciales profesionales, los únicos en no recibir nada somos los técnicos asistenciales a pesar de estar dentro de D.L. 1153. 

Rechazamos a otras organizaciones sindicales como las Fenutssas y a todas que están pidiendo seamos discriminados como querían el 30% nuestras guardias hospitalarias. 
https://www.facebook.com/photo.php?fbid=1281421982017527&set=a.1281432505349808&type=3&theater

1.3) Los técnicos asistenciales somos discriminados en la escala remunerativa, ganamos igual a un trabajador de limpieza, según lo señalado al nuevo Ministro de Salud Víctor Marcial Zamora Mesia.

Los técnicos asistenciales dentro del Decreto Legislativo 1153 estamos ganando 2,100 igual a los trabajadores de limpieza, mientras y estamos dentro del Decreto Legislativo 1153, MINSA.
ganamos el sueldo del año 2,012 con un aumento de 100 soles en (8) ocho años , es decir un promedio de 13 soles de aumento al año ((4) Cuatro dolares de aumento por año, en ocho años) .
https://chaquetasblancas.blogspot.com/2020/03/ministro-de-salud-victor-marcial-zamora_24.html  

1.4) CONTAP a nombre de los técnicos asistenciales del Perú agrupados por la Ley 28561 presento nuestro pliego petitorio. 

https://chaquetasblancas.blogspot.com/2020/02/contap-pliego-petitorio-del-tecnico.html 

2) QUE LOS TÉCNICOS ASISTENCIALES QUE SE NOMBRAN Y TIENE UN TITULO DE UN IST SEAN NOMBRADOS CON EL NIVEL SP "E" DE ACUERDO A LA LEY 25333. 
Los técnicos asistenciales agrupados en la Ley 28561 y dentro de  la reforma de Salud Decreto Legislativo 1153 todos deben de ser CAS y todos deben de ser nombrados, pero reconociendo sus títulos de los Institutos Tecnológicos Superiores y sean nombrados en el nivel SP "E" o Servidor Profesional "E", de acuerdo a la Meritocracia reconocida por SERVIR.

3) QUE LOS TÉCNICOS ASISTENCIALES DE SALUD  GANEMOS COMO GANAN LOS TÉCNICOS ASISTENCIALES DE ESSALUD PUES ESTAMOS GANANDO IGUALMENTE QUE LOS TRABAJADORES DE LIMPIEZA. 
No queremos decir que los compañeros de limpieza se queden igual, pero se deben de reconocer las responsabilidades, funciones y meritocracia que cumplimos. 
No es posible los sueldos irrisorios de un técnico asistencial contratado. Son menos de 2,200, 1400 1,100. Y se estuvo el MINSA ofreciendo pasar a todos los técnicos asistenciales a que pasarían todos a COVID-19 con sueldos de 2,500, a los contratados CAS.  
No se esta cumpliendo pasar s todos los técnicos asistenciales a CAS y pagar a los contratados 2,500, mas bien están despidiendo técnicos asistenciales, lo ilógico, injusto, ilegal que en Ancash a los técnicos asistenciales contratados los estan sacando de sus contratos CAS y pasarlos a terceros, sin derechos y posiblemente sean despedidas. 

4) LOS TÉCNICOS ASISTENCIALES QUE SON CONVOCADOS POR COVID-19 SOLO LES DEBEN DE PEDIR SUS TÍTULOS DE LOS IST A NOMBRE DEL ESTADO PERUANO
No es justo las convocatorias al personal técnico asistencial que les piden (03) tres años de experiencia laboral y si no lo tiene no son contratados, eso es ilógico, ¿Como podrán tener experiencia laboral sin nunca son contratados?. 
Muchos de nuestros colegas se dedican a cuidar a pacientes geriátricos, pues no pueden trabajar en ningún establecimiento de salud, pues jamas podrán lograr eso años de experiencia solicitada.

El Estado debe de hacer la convocatoria al personal técnico asistencial que tenga títulos, pues dentro de plan de estudios están las practicas en diferentes establecimientos de salud y esas practicas deben de ser consideradas y solo para cobrarles en cada establecimientos de salud, sea por lo que sea, deben de tener valor. 

https://www.facebook.com/minsaperu/photos/a.10151952993912765/10156983353812765/?type=3&theater

5) LOS TÉCNICOS ASISTENCIALES CONTRATADOS NO RECIBEN ALIMENTOS
Otra cosa mas que se denuncia es que el Ministerio de Salud es que no existe una norma norma legal que garantice los alimentos la personal contratado, y eso es ilógico e inhumano. 

Todo el personal de salud que trabaja 12 horas seguidas en todo el Perú, sean de día o de noche en cualquier establecimiento de salud y cualquier servicio; deben de tener el derecho a sus alimentos, pues su salud corre peligro de contagio de enfermedades intrahospitalarias.  


6) SE DEBE DE PAGAR A TODOS LOS TRABAJADORES QUE SE ENCUENTRAN LABORANDO EL PAGO POR COVID-19 NO SOLO A UNOS POCO, SINO A TODOS LOS SERVICIOS Y AUN TAMBIÉN A LOS CONTRATADOS. 


6. 1) Todos los trabajadores que se encuentra laborando deben de cobrar por el COVID-19 pues todos se están enfrentado a esta terrible enfermedad, y donde muchos se están enfermando y otros están falleciendo, pues la enfermedad no le interesa si es de los servicios señalados o es de Nutrición u otros servicios.


6. 2) Los trabajadores contratados todos ya deben de ser CAS en todo el Perú, sino ademas también recibir un bono por COVID-19, pues todos no solo deben de ser CAS sino pasar a ser nombrados por necesidad de personal asistencial por COVID-19.


7) DEBEN DE PAGAR POR AFPS PERO TAMBIÉN LOS TRABAJADORES DEL MINISTERIO DE SALUD PODER RETIRAR SU CTS.

7.1) Los trabajadores del Ministerio de Salud tenemos CTS  se nos debe de considerar el pagar un año de CTS que es un sueldo anual. 
7.2) Se debe de aprobar el retiro del 25% de las AFPS.
Todo esta subiendo, el dinero es necesario.


8) CASO DE FALLECIMIENTO DE COLEGAS TÉCNICOS ASISTENCIALES REINTEGRAR LOS PAGOS POR SUELDO COMO LO SEÑALA DECRETO SUPREMO 005-90-PCM.
Se debe de regularizar el pago de los colegas fallecidos eliminando del Decreto Supremo 015-2018-SA que solo pagara 3,000 soles y con descuento por fallecimientos de los trabajadores titulares se cobrara 2,700. 
Se debe de eliminar al articulo 9.2 y 9.3 que quito el derecho por pago de sueldos, que si se respeto en el caso de tiempo de servicio como lo señala el articulo 9.1.
Eliminar también la Resolución Ministerial 834-2018/MINSA el Articulo 5.4 y 5.5.
No fue bueno quitar derechos laborales, advertidos y negados que ahora con el COVID-19 están falleciendo los trabajadores de salud y es una injusticia a toda visa este atropello, y se debe de devolver el derecho del pago de sepelio y luto de acuerdo a la 274 y la 005-90-PCM Artículos 144 y 145. 
https://www.facebook.com/photo.php?fbid=1143495009143559&set=a.1143494935810233&type=3&theater


9) CASO DE FALLECIMIENTO DE COLEGAS TÉCNICOS ASISTENCIALES NO SE LES QUITE EN LA ONP EL 50% EN PAGO DE SUS PENSIONES Y LES PAGUEN EL 100% ONP.

9.1) Las esposas (sos) de los colegas fallecidos deben de cobrar el sueldo total y no la mitad. 
9.2) En el caso de fallecido no sea casado, los deben de cobrar los padres.
9.3) En caso de fallecimiento del trabajador de salud y tenga menores hijos o llevando estudios universitarios, no se les quite la pensión de su padre o madre que fallece.

10) DEBEN DE ESTAR FORMADOS LOS COMITÉS DE SEGURIDAD Y SALUD Y PODER TENER LAS TARJETAS D ALIMENTOS A LOS TRABAJADORES. 
Los trabajadores estamos ganando menos de 2,100 y es necesario tener que cubrir los gatos de la canasta básica y demás gastos familiares. 
Las tarjetas de alimentos a los trabajadores deben de darse pues es necesario tener alimentos para las casas de nuestras familias. 

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#UNIDADTECNICOASISTENCIALLEY28561
#SINDICATOSDETECNICOSASISTENCIALES
#CONTAPNETAMENTEASISTENCIAL 









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Hola Colega Técnico Asistencial: Espero que comentes, para así seguir sirviendo en la necesidad de la Organización Sindical y Defensa de los Técnicos Asistenciales, llegar a tener nuestro Colegio de Técnicos Asistenciales Paramédicos y seguir organizando mas Sindicatos en todas la Regiones del Perú, las Federaciones Regionales y nuevamente reactivar nuestra Confederación, con quien logramos obtener la Ley del Técnico Asistencial, Ley 28561, Donde el Sindicato de Técnicos SutaEsalud y su Secretario General Juan Manrique Salas, fue quien impulso la unidad de todo Técnico Asistencia, dejar el miedo y por medio de nuestra Confederación Asistencial CONTAP.
Pega el enlace de abajo y encontraras la Ley 28561, Ley del Técnico Asistencial.
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http://docs.peru.justia.com/federales/leyes/28561-jun-27-2005.pdf
DIOS les bendiga..