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jueves, 20 de noviembre de 2014

Ministerio de Salud-Decreto Supremo Nro. 286-2013-EF-deja de lado la Ley 25333, reconocido por Servir

Ministerio de Salud-Decreto Supremo Nro. 286-2013-EF-deja de lado la Ley 25333, reconocido por Servir

https://es.scribd.com/doc/247211180/Montos-Economicos-de-Cuanto-Ganara-Un-Tecnico-Asistencial-DS286-2013EF
https://es.scribd.com/doc/161273899/Ley-del-Profesional-Tecnico-egresados-de-los-Institutos-Superiores-Tecnologicos-Nro-25333-y-Los-Requisitos-Para-cambio-al-Grupo-Ocupacional-Profesio
Señor:
Anibal Velasquez Valdivia
Ministro de Salud

Juan Carlos Cortés
Presidente Ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil

Ante ustedes me presento y expongo, a nombre de mis colegas Técnicos Asistenciales del Perú.

Los Técnicos Asistenciales del Perú, que mediante Ley 28561, que reconoce a nuestro Grupo ocupacional, reconocido por SERVIR y también por la Reforma de Salud, sus Decretos Supremos y el Decreto Supremo 1153, como Grupo Ocupacional con derechos propios, y en este tiempo el Ministerio de Salud, donde los trabajadores asistenciales, estamos atravesando un proceso de convocatoria, para nombramientos a los Trabajadores Asistenciales contratados, lo cual estamos agradecidos en el cumplimiento e inclusión de nuestra Ley 28561 dentro del marco de la Reforma y el reconocimiento de nuestros derechos.

La Reforma del Ministerio de Salud da el Decreto Supremo Nro. 286-2013-EF donde se aprueban los montos de la valorización principal, valorización priorizada por atención primaria de Salud para el personal de salud Técnico y Auxiliar Asistencial a que se refiere el Decreto Legislativo Nro. 1153. Este Decreto Supremo Nro. 286-2013-EF da niveles que no están de acuerdo ni concorde a la Ley 25333, reconocido por SERVIR, pues los montos deben de ser dentro del cambio de Grupo Ocupacional, y el valor económico y referencial de un Profesional licenciado, pues en cumplimiento de los requisitos de la Ley 25333 son el Titulo a Nombre de la Nación, 720 horas de Practica, o un curso de especialidad de acuerdo más 5 años de experiencia.

Si SERVIR reconoce la Ley 25333, ¿Por qué la Reforma del Ministerio de Salud, no lo reconoce?.

Los Técnicos Profesionales, egresados de un Instituto Tecnológico Superior, deben de acceder al Nivel profesional SP”E”, es un cambio de Grupo Ocupacional, algo que este Decreto Supremo Nro. 286-2013-EF, no está considerando ni tomando en cuenta y está excluyendo a todos los trabajadores Profesionales egresados de los Institutos Tecnológicos Superiores, a alcanzar el nivel correspondiente, de acuerdo a la Ley 25333.  

Sin otro en particular
DIOS los bendiga




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Hola Colega Técnico Asistencial: Espero que comentes, para así seguir sirviendo en la necesidad de la Organización Sindical y Defensa de los Técnicos Asistenciales, llegar a tener nuestro Colegio de Técnicos Asistenciales Paramédicos y seguir organizando mas Sindicatos en todas la Regiones del Perú, las Federaciones Regionales y nuevamente reactivar nuestra Confederación, con quien logramos obtener la Ley del Técnico Asistencial, Ley 28561, Donde el Sindicato de Técnicos SutaEsalud y su Secretario General Juan Manrique Salas, fue quien impulso la unidad de todo Técnico Asistencia, dejar el miedo y por medio de nuestra Confederación Asistencial CONTAP.
Pega el enlace de abajo y encontraras la Ley 28561, Ley del Técnico Asistencial.
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http://docs.peru.justia.com/federales/leyes/28561-jun-27-2005.pdf
DIOS les bendiga..