Se debe de
acabar la discriminación del Técnico Asistencial
Carta Pública a
la Ministra de Salud Patricia García Funegra
Doctora
Patricia
García Funegra
Ministra de Salud
Asunto: Solicitamos que los Técnicos
Asistenciales dentro del D.S. 1153 reciban
el mismo trato que otros trabajadores en sus derechos y se acabe la discriminación
de 24 años.
De nuestra consideración:
Mediante la presente,
reciba nuestros cordiales saludos en representación de nuestro gremio de Técnicos
Asistenciales (No afiliados a Fenutssa) y a la vez hacer de su conocimiento las
discriminación que existe contra los Técnicos Asistenciales agrupados dentro de
la Ley 28561 y el D.S. 012-2011-SA.
Que de acuerdo al artículo
5 de la Constitución que promueve la igualdad y no discriminación de toda
persona en sus derechos y de acuerdo al artículo 28 de la Constitución del Perú
y al derecho internacional del trabajador en Enfermería OIT queremos expresar
nuestro reclamo.
1) Los Técnicos Asistenciales
egresados de un Instituto Tecnológicos del Perú, estamos 24 años discriminados sin
que reconozcan nuestros estudios.
Los
Técnicos Asistenciales solicitamos que los egresados de un IST accedan al nivel
que les corresponde de acuerdo al Título a Nombre de la Nación y de acuerdo a
la Ley 25333 se deben de reconvertir sus cargos el nivel SPE. Las Leyes sobre
la Meritocracia también deben de ser un derecho para los Técnicos
Asistenciales.
2) Cumplimiento de la Resolución
Ministerial 209-2006, donde los Técnicos Asistenciales debimos acceder al nivel
SPE según Ley 25333.
El
año 2006 se dio la R.M. 209-2006 y el año 2007 los trabajadores con diferentes
estudios accedieron al nivel que les corresponde según sus estudios.
El
presupuesto fue aprobado para que se esté el nivel correspondiente según sus estudios
realizados.
Pero
el año 2007 los Técnicos Asistenciales egresados de los IST fueron
discriminados a pesar de que esta R.M. 209-2006 autorizaba la reconversión de
nuestros cargos al nivel SPE según la Ley 25333.
3) Los Técnicos Asistenciales dentro
del D.S. 1153, no recibimos el aumento del 55%.
El
año 2013 los trabajadores asistenciales dentro del D.S. 1153 recibieron el
aumentos del 55% en sus guardias.
Los
Técnicos Asistenciales pertenecemos al D.S. 1153 por nuestra Ley del Técnico
Asistencial 28561, pero fuimos discriminados en nuestros derechos a mejorar el
ingreso económicos del 55% del aumento de nuestras guardias.
4) Programar las guardias diurnas de
los Técnicos Asistenciales que trabajan en las Consultas Externas.
Los
Técnicos Asistenciales pertenecemos al D.S. 1153.
El
D.S. 1153 en el Titulo II
Art. 10 señala lo siguiente concerniente
a las guardias. “Se considera guardia la actividad que el personal de la
salud realiza por necesidad o por continuidad
del servicio a requerimiento de la entidad…”
Las
guardias se deben de programar por estas dos siguientes razones; 1) Las guardias que se realizan por continuidad
se deben de seguir programando. 2)
Las guardias que se realizan por necesidad, es decir se trabaja todo el día se
debe de programar las guardias diurnas.
5) Los Técnicos Asistenciales que
trabajan en condición de contratados deben de tener el derecho de recibir sus
alimentos.
Los
Técnicos Asistenciales contratados en las diferentes modalidades que trabajan todo
el día en los diferentes servicios de los establecimientos de salud en el Perú
no están recibiendo su alimentación necesaria. Debe de existir una preocupación por su salud. Y para
solucionar su situación debe de existir una Resolución Ministerial que
salvaguarde íntegramente sus vidas.
Es
necesario que se tome en cuenta por la seguridad y salud de los trabajadores,
ya que muchos se ven en la necesidad de traer sus alimentos de sus domicilios o
comer en los cafetines de los diferentes establecimientos de salud u otros corren
el riesgo de no alimentarse y así correr el riesgo de contraer diferentes
enfermedades como la TBC. Confiamos se tome en cuenta esta realidad.
6) Los Técnicos Asistenciales contratados
son los peores pagados del Estado Peruano.
Se
debe de aclarar y acabar este mal que los Técnicos Asistenciales son los peores
pagados del Estado Peruano. Su sueldos del Técnico Asistencial que son menos de
900.000 soles al mes (250dolares) es algo discriminante, para colegas que se
les exige tener un Titulo de un Instituto Tecnológico Superior, un año de prácticas
hospitalarias y tres años de experiencia laborales en Salud además de
certificados de conocimientos manejo de computadoras conocimientos de sistemas
e internet.
Se
debe de establecer un pago mensual de 1,500 soles como mínimo.
7) Los Técnicos Asistenciales contratados
son nombrados en un nivel muy bajo (STF) Los Técnicos al ser contratados tienen
el nivel Técnico Profesional que ellos alcanzaron por sus estudios en un
Instituto Tecnológico Superior.
Los
Técnicos Asistenciales al ser contratados se les exigen tener Título de Técnico
Profesional expedido por los Institutos Tecnológicos Superiores, tener
conocimiento de computación y sistemas, tener prácticas de un año y experiencia
laboral 3 años. ¿Cómo se les puede dar un nivel tan bajo a un Técnico
Asistencial? Acaso no es que el Ministerio de Salud necesita tener
Profesionales en todos sus campos de la Salud, y ahora se retrocede a que a un
Profesional lo hagan Técnico, retrocediendo el Ministerio a décadas del pasado
existiendo hoy la llamada Meritocracia.
Para
los Técnicos Asistenciales que ingresan a laborar deben de existir niveles que
se deben de crear dentro de la escala siguiente que señala la 25333, que es el
nivel SPE.
Entonces
ya no deben de ser nombrados como Técnicos STF sino como Profesionales SPF.
A modo de Conclusión.
1)
Los Técnicos Asistenciales egresados de un IST deben de reconvertir sus cargos
y acceder al nivel SPE según Ley 25333, que 24 años no se da
2)
Se debe de cumplir la R.M. 209-2006
3)
Se debe de dar el aumento del 55% del
año 2013 por el pago de aumentos de guardias que no nos dieron al Técnico
Asistencial
4)
Se deben de programar las guardias
en la Consultas Externas de los establecimientos de Salud, de acuerdo al D.S.
1153
5)
Los Técnicos Asistenciales contratados deben de recibir sus alimentos
6)
Los Técnicos Asistenciales contratados
deben de recibir como mínimo un sueldo de 1,500 soles
7)
Los Técnicos Asistenciales contratados
deben de ser nombrados como Profesionales y así mejorar el sistema de Salud y
de acuerdo a la Meritocracia
Sin otro en particular, esperando acceda
a nuestro requerimiento por ser de justicia y reiterando nuestro aprecio.
DIOS les bendiga.
Alberto Motta Ochoa
Técnico
Asistencial
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Hola Colega Técnico Asistencial: Espero que comentes, para así seguir sirviendo en la necesidad de la Organización Sindical y Defensa de los Técnicos Asistenciales, llegar a tener nuestro Colegio de Técnicos Asistenciales Paramédicos y seguir organizando mas Sindicatos en todas la Regiones del Perú, las Federaciones Regionales y nuevamente reactivar nuestra Confederación, con quien logramos obtener la Ley del Técnico Asistencial, Ley 28561, Donde el Sindicato de Técnicos SutaEsalud y su Secretario General Juan Manrique Salas, fue quien impulso la unidad de todo Técnico Asistencia, dejar el miedo y por medio de nuestra Confederación Asistencial CONTAP.
Pega el enlace de abajo y encontraras la Ley 28561, Ley del Técnico Asistencial.
Tener Facebook.
Unirse Facebook. https://www.facebook.com/
http://docs.peru.justia.com/federales/leyes/28561-jun-27-2005.pdf
DIOS les bendiga..