LOS TECNICOS Y
TRABAJADORES ASISTENCIALES AGRUPADOS POR LEY 28561 EXIGIMOS LA REGLAMENTACION
DEL D.L. 1153
LOS TECNICOS Y
TRABAJADORES ASISTENCIALES AGRUPADOS POR LEY SINDICAL 28561 TAMBIEN TENEMOS EL
DERECHO DE ESTAR EN CONTRA DE LA DERROGATORIA DEL D.L. 1153, MAS BIEN SOLICITAMOS
AMPLIACION A OTROS TRABAJADORES ASISTENCIALES
Fenutssa y Fenateasp
atrasadores de las reivindicaciones de los técnicos y trabajadores
asistenciales. Mientras tanto Fenateasp solo piensa capturar sindicatos como
les está pasando a los tres sindicatos de las FFAA que ya debería de tener su Federación
Nacional de las Fuerzas Armadas, pero no ahora pertenecen a la Fenateasp y eso es
inorgánico, además los Tecnicos y trabajadores asistenciales ya deberíamos de tener
las Federaciones de Trabajadores Asistenciales pero eso tampoco quieren, además
Fenateasp solo afilia técnicos asistenciales y no acepta a otros trabajadores
asistenciales lo cual abandona a su
suerte a otros trabajadores asistenciales y esto es injusto. Mientras tanto
Fenutssa miente a Técnicos y trabajadores Asistenciales llevándolos a una lucha
contra los asistenciales mismos al pedir la derogatoria del D.L. 1153, sería el
harakiri de todos los asistenciales.
1) NUESTRA LEY DEL
TECNICO 28561 ES HOY LEY DEL TRABAJADOR ASISTENCIAL QUE NOS AGRUPA
SINDICALMENTE Y ES POR NUESTRA LEY QUE ESTAMOS PERSIVIENDO DIFERENTES
BENEFICIOS DEL D.L. 1153.
Se
deben de respetar las organizaciones sindicales que se están formando del técnico
y trabajadores asistenciales, que estamos agrupados por medio de nuestra sindical
28561 ley reconocida por SERVIR y estar dentro de los beneficios del D.L 1153.
2) PORQUE
ESTAN ATACANDO EL D.L. 1153 Y PIDIENDO SU DERROGATORIA
Una
de las cosas a señalar por nuestros sindicatos de técnicos y trabajadores
asistenciales es defendemos el ataque que le hacen al D.L 1153 que regula a los
Profesionales, Técnicos y auxiliares asistenciales el pago de compensaciones económicas.
Dejen de mentir y señalar que es anticonstitucional, privatista,
discriminatoria y anti laboral, y sin razón atacan beneficios de asistenciales.
Señalamos la defensa del
D.L. 1153 que es el pago de compensaciones económicas.
a) El D.L 1153 No es
anticonstitucional: Es
mentira usar Art. 24 para atacar las
bonificaciones de los asistenciales y hacer creer que desaparecen los sueldos. El
D.L 1153 delimita bonificaciones y no sueldos y los sueldos no han sido
reemplazados por ninguna bonificación. Las bonificaciones hace años no podrán ser
parte del sueldo Bonificaciones como aguinaldos, pagos de 25 y 30 años, pagos
de sepelio y luto siempre existieron y ahora con el D.L. 1153 se añaden bono
anual por metas, pago servicios críticos, pago de fronteras, pago en zonas de
emergencia VRAEM, pago a jefaturas, y debe de quedar claro que jamás los incentivos
se pueden añadir a los sueldos ya que son pagos diferentes. Tampoco deben de
confundir que las bonificaciones desaparezcan los sueldos. Si el D.L. 1153 fuera anticonstitucional de denuncia con asesores legales.
b) El D.L 1153 No es
privatista: Esto es
mentira pues si D. L. 1153 fuera privatista no estaría nombrando el 20% de
contratados profesionales, técnicos y trabajadores asistenciales. El D.L. 1153 es de bonos, no se refiere
a privatizar nada, ese es otro tema dado en el aumento del presupuesto, que
debe de subir al 0.5% ofrecido en campaña.
c) El D.L 1153 No es anti
laboral ni discriminatoria: Se
debe de señalar que el D.L. 1153 alcanza compensaciones económicas a los
profesionales técnicos y auxiliares asistenciales en los establecimientos de la
salud. Reforma el D.L.
1153 las diferentes bonificaciones percibidas añadiendo otra más que se
detallaran a continuación. Recomendación:
No es bueno que se ataque ingresos económicos de los asistenciales de todo el
Perú, busquen una mejor forma de alcanzar sus beneficios económicos que mintiendo
exigen que se derogue Dl: 1153 y
perjudique los beneficios económicos para los asistenciales.
QUE COMPENSACIONES YA ESTA REGLAMENTADO
DEL D.L. 1153
1)
El D.L 1153 está nombrando el 20% de contratados, Médicos, profesionales técnicos
y auxiliares asistenciales anualmente.
2)
El D.L 1153 está pagando el 55% de aumento de guardias: Ya se paga el 55% de guardias a Médicos
y profesionales. D.S. 223-2013-EF.
Ojo. FALTA PAGAR EL AUMENTO DEL 55% DE
GUARDIAS A TECNICOS Y TRABAJADORES ASISTENCIALES.
3) Monto por la valorización principal
y valorización priorizada al técnico asistencial D.S. 286-2013-EF.
4) D. L. 1153 Titulo II 8.2 Ajustada.- Bonificación
por puesto de responsabilidad Jefatural de Dto. O Servicio 800 – 400 Bonificación
por puesto de responsabilidad Jefatural Micros redes y Redes 400 – 800 – 1,200 Bonificación
por puesto Especializado o dedicación exclusiva en los Servicios de Salud
Publica INS-DIGEMID-DISA 1,500 Bonificación
por puesto Específico. Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
5) D. L. 1153 Titulo II 8.3 Priorizada.-
a) ZONAS de fronteras 1,480,
1,100 y 740 soles. D.S. 226-2014-EF. Verificar que establecimientos son
considerados como zonas de fronteras (Resolución Ministerial N° 544-2014/MINSA) b) Zona de Emergencia 1,200 (VRAEM
Valles del Rio Apurímac Ene y Mantaro. c)
Atención primaria de salud. I-1 al 1-4. 450 - 300 d) Atención especializada de
salud. I-4 al III. 650 – 300 - 400 -
200 e)
Atención en servicios críticos. Emer-UCE-Intermedios y U quemados. 450-300-150.
6)
Atención especializada de soporte. I,
II, III. 158
7)
Asignación por cumplimiento de metas establecidas o bono anual. D.S.
05-2014-SA.
QUE FALTARIA REGLAMENTAR
EN EL D.L. 1153.
1) El pago de guardias del 55%.
2) El pago de sueldos completos en
bonificaciones y vacaciones.
3) El pago de 25 y 30 años.
4) El pago de sepelio y luto.
5) El pago de CTS al momento de la jubilación.
Debemos defender el
D.L. 1153 que regula la política integral de compensaciones económicas
3) CONTAP-LA LUCHA DE LOS
SINDICATOS DE TECNICOS Y TRABAJADORES ASISTENCIALES AGRUPADOS EN LA LEY 28561 Y
SU PLATAFORMA
Debemos de alcanzar a
tener sindicatos de Técnicos y trabajadores asistenciales con dos (2) sindicatos
se forman las Federaciones Regionales.
Con dos (2) Federaciones Regionales se forma nuestra Federación Nacional de
Trabajadores Nacionales. Luego con dos (2) Federaciones Naciones de
trabajadores asistenciales se formara o reactivara la CONTAP.
1)
Los Técnicos egresados de los IST: Acceso al nivel SPE según ley 25333
2)
Aumento del 55% de guardias que ya perciben otros trabajadores asistenciales
3)
Creación del COLEGIO PROFESIONAL DE TECNICOS ASISTENCIALES DEL PERÚ
4)
Reglamentación del D.L. 1153.
5)
Ampliación del D.L. 1153 para asistenciales como: Mantenimiento, Servicios Generales,
Costura, Lavandería, Vigilantes y Choferes.
6)
Cumplimiento del aumento del presupuesto al 0.5% ofrecido en campaña.
“SOLO
LOS ASISTENCIALES SALVARAN A LOS ASISTENCIALES”
“SIEMPRE
DE PIE JAMAS DE RODILLAS”
“SI
SE PUEDE”
#TecnicosAsistencialesCONTAP
#ChaquetasBlancas
#ConfederacionTrabajadoresAsistenciales
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Hola Colega Técnico Asistencial: Espero que comentes, para así seguir sirviendo en la necesidad de la Organización Sindical y Defensa de los Técnicos Asistenciales, llegar a tener nuestro Colegio de Técnicos Asistenciales Paramédicos y seguir organizando mas Sindicatos en todas la Regiones del Perú, las Federaciones Regionales y nuevamente reactivar nuestra Confederación, con quien logramos obtener la Ley del Técnico Asistencial, Ley 28561, Donde el Sindicato de Técnicos SutaEsalud y su Secretario General Juan Manrique Salas, fue quien impulso la unidad de todo Técnico Asistencia, dejar el miedo y por medio de nuestra Confederación Asistencial CONTAP.
Pega el enlace de abajo y encontraras la Ley 28561, Ley del Técnico Asistencial.
Tener Facebook.
Unirse Facebook. https://www.facebook.com/
http://docs.peru.justia.com/federales/leyes/28561-jun-27-2005.pdf
DIOS les bendiga..