LA URGENTE NECESIDAD DE LINEA DE CARRERA Y SUS JEFATURAS
CREACION DEL COLEGIO DE PROFESIONALES TECNICOS ASISTENCIALES EGRESADOS
DE IST
1) JEFATURAS
PARA TECNICOS ASISTENCIALES LEY 28561. Los Técnico Asistenciales somos un
Grupo Ocupacional que atiende directamente la mayor parte del tiempo a nuestros
pacientes en su atención, recuperación, observación, movilización y todos sus
exámenes Médicos.
2) LOS
TECNICOS ASISTENCIALES DEBEN DE DIRIGIR SU GRUPO OCUPACIONAL. No debe de
existir INTROMISION DE FUNCIONES DE OTRO GRUPO OCUPACIONAL al Grupo Técnico
Asistencial y que no reportemos nuestro trabajo en cada establecimiento de
Salud y sea otro Grupo Ocupacional que reporte nuestro trabajo como si
realizara nuestras funciones.
3) REPORTE
DE FUNCIONES SE DEBEN DE DAR POR SU PROPIA JEFATURA. Los Técnicos
Asistenciales deben de recibir el mismo trato que reciben otros trabajadores de
cautelar las funciones de su Grupo Ocupacional ya que desde INAP el Técnico
Asistencial cuenta con Funciones establecidas que no se están tomando en
cuenta, debe de acabar que otro Grupo Ocupacional está reportando nuestro
trabajo como si lo realizaran cuando el trabajo que realiza el Técnico
Asistencial agrupado por la Ley 28561 no reportara su propio trabajo y es como
si no existiera, aun existiendo manuales de funciones del Técnico Asistencial en
cada establecimiento de Salud.
4) MANUALES
DE FUNCIONES DEL TECNICO ASISTENCIAL DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD. Los
Técnicos Asistenciales cuentan con MANUALES DE ATENCION DE PACIENTES en todo
establecimiento de Salud, que muchos de esos Manuales está hecho por antojo y
no porque se haya recogido la fuente de la información del propio colega Técnico
Asistencial además ya que no están siendo revisado ni actualizados para un
mejor trato a nuestros pacientes y por quien corresponde que deben de ser revisados
que es por medio del Técnico Asistencial y de sus respectivas Jefaturas de
TECNICOS ASISTENCIALES de cada establecimiento de Salud.
5)
MANUALES
DE FUNCIONES DEBE DE ESTAR HECHO CON PARTICIPACION DE LOS TECNICOS ASISTENCIALES
Y NO ´POR OTRO GRUPO OCUPACIONAL. Jamás otros Grupo Ocupacional cautelara el
bienestar y desarrollo Profesional de otro Grupo Ocupacional, pues por lógica
se cuidaran así mismas y no quedran que se desarrolle los Técnicos
Asistenciales. Pero sumado a esto es el maltrato que realizan pues como tienen
la autoridad de mandar a otros Grupo Ocupacional que están dentro de sus
jefaturas abusan esa autoridad, crean dependencia y favoritismo. Esto se debe
de corregir ya que esta intromisión de otros Grupo Ocupacional en desmedro del Técnico
Asistencial debe de acabar pues no se puede desarrollar Línea de Carrera que
todo Grupo Ocupacional tiene derecho.
6) MALTRATO CONTRA EL TECNICO ASISTENCIAL POR
JEFATURAS DEBE DE ACABAR CON CREACION DE JEFATURAS DE TECNICOS ASISTENCIALES. La
Intromisión de otro Grupo Ocupacional al Grupo Ocupacional Técnico Asistencial debe
de acabar pues está originando maltrato contra el Técnico Asistencial, preferencias,
favoritismos, discriminación, falta de desarrollo profesional y personal lo con
lleva a una falta de desarrollo en dirigir y encaminando sin intromisión a un
mejor desarrollo personal, profesional y social.
7) TECNICOS
ASISTENCIALES DEBEN DE TENER SUS PROPIAS JEFATURAS. Las funciones del
Técnico Asistencia deben de ser reportadas, nuestro trabajo debe de ser
reportado por los Técnicos Asistenciales de cada establecimiento de Salud, pues
mientras otro Grupo Ocupacional dirija al Técnico Asistencial solo seguirán
tomando en cuenta a Técnicos Asistenciales
quienes sean de su preferencia, quienes por sus buenas relaciones diplomáticas
se tome en cuenta más esas relaciones diplomáticas y no el trabajo realizado.
La dependencia del Técnico Asistencial a
otro Grupo Ocupacional genera desconcierto ya que nuestro trabajo no se reporta
lo reporta otro Grupo Ocupacional, como si lo hubiera realizado y así sus
favoritos serán los mejores trabajadores desplazando el desarrollo Profesional
y generando una dependencia o sometimiento a razones personales que a razones
laborales.
8) TECNICOS
ASISTENCIALES DEBEN DE DESARROLLARSE PROFESIONALMENTE. Los Técnicos
Asistenciales es el único Grupo Ocupacional que es subordinado a otro grupo
ocupacional, y eso está mal ya que todos los Grupos Ocupacionales recibimos
indicaciones Médicas y esa intromisión de funciones está generando además la
falta de desarrollo Profesional del Técnico Asistencial generando un malestar
personal y administrativo.
9) SERVIR
RECONOCE LEY 25333 Y LEY 28561. El desarrollo Profesional del Técnico
Asistencial está sometido a nuestra Constitución y a las Leyes Peruanas que
deben se aplicarse en el marco jurídico en cada establecimiento de Salud y
Leyes Peruanas reconocen nuestra Ley del Técnico Asistencial 28561 que nos agrupa,
pero en la realidad seguimos disgregados y reconoce el mayor nivel que es la
Ley 25333 y está olvidada 24 años siendo discriminatorio y vivimos los Técnicos
Asistenciales del Perú en un sistema desfasado de la realidad actual, cuando ya
debería de llegar la Meritocria a nuestro Grupo Ocupacional.
Jefaturas por años de servicio y Experiencia
en el cargo: EL nivel SPE según Ley 25333 se debe de dar, y son los
Técnicos Asistenciales con Titulo a Nombre de la Nación y años de experiencia
quienes deben dirigir y cautelar y en primer lugar un plan de trabajo que todos
los Técnicos Asistenciales de todo establecimiento de Salud cuenten con un Titulo
a Nombre de la Nación, algo que no interesa a las jefaturas actuales.
10) LOS
TECNICOS ASISTENCIALES DEBEMOS DE TENER LINEA DE CARRERA. Los Técnicos
Asistenciales agrupados en la Ley 28561 debemos de tener línea de carrera y así
poder reportar nuestras funciones, abocados a cautelar a nuestro Grupo
Ocupacional, trabajar el desarrollo Profesional y actualización de los últimos
avances en la atención de nuestros pacientes como los hacen cualquier Grupo
Ocupacional pues es necesario velar por el desarrollo Profesional de nuestros
colegas.
11)
LOS
TECNICOS ASISTENCIALES DEBEMOS DE TENER COLEGIO PROFESIONAL DE TECNICOS
ASISTENCIALES DEL PERÚ. Todo egresado de un Instituto Tecnológico que
cuente con Titulo a Nombre de la Nación tiene el derecho de convalidar sus
estudios en el nivel Universitario.
Técnicos Asistenciales ley 28561 egresados
de los IST son los únicos que no tenemos derechos a convalidar nuestros
estudios porque no existe una línea de Carrera a nuestro Grupo Ocupacional,
cuando ya debería de existir por la funciones que realizamos en el cuidado del
nuestra pacientes en cada establecimiento de Salud. No es posible que
tanto el COLEGIO DE ENFERMEROS DEL PERÚ y el COLEGIO DE TECNOLOGOS MEDICOS DEL
PERÚ HAYAN rechazado convalidar a incorporarnos a esos Grupo Ocupacionales, cuando los Profesores en los IST son Médicos,
Enfermeras y Tecnólogos. Por eso es necesario que el Técnico Asistencial
egresado de los IST tenga Línea de Carrera propia a nivel Universitario.
LINEA DE CARRERA PARA LOS TECNICOS
ASISTENCIALES EGRESADOS DE LOS IST A NOMBRE DE LA NACION Y QUE TENGA CONVALIDACION
A NIVEL UNIVERSITARIO PERO EN NUESTRA PROPIA LENEA DE CARRERA. Es necesario que
los Técnicos Asistenciales convaliden sus estudios en su propia línea de
carrera, ya que nuestras funciones del Técnicos Asistencial son únicas en la atención,
recuperación, rehabilitación y movilización de nuestros pacientes.
·
COLEGIO
DE ENFERMEROS DEL PERÚ SE OPONE A COVALIDAR UN SOLO CURSO A TECNICOS
ASISTENCIALES DE ESTUDIOS REALIZADOS EN LOS IST. Funciones del Técnico Asistencial
agrupados por la Ley 28561 son diferentes al del Enfermero.
· COLEGIO
DE TECNOLOGOS MEDICOS DEL PERÚ SE OPONE A COVALIDAR UN SOLO CURSO A TECNICOS
ASISTENCIALES DE ESTUDIOS REALIZADOS EN LOS IST. Funciones del Técnico Asistencial
agrupados por la Ley 28561 son diferentes al Tecnólogo Medico.
TECNICOS
EGRESADOS DE IST Y CON TITULO A NOMBRE DE LA NACION DEBEN DE CONVALIDAR EN SU
MISMA LINEA DE CARRERA CON EL MISMO DERECHO DEOTRAS CARRERA A NIVEL
UNIVERSITARIO Y TENER NUESTRO COLEGIO DEPROFESIONALES TECNICOS ASISTENCIALES
DEL PERÚ.
CAUTELAR
A ESTE IMPORTATE GRUPO OCUPACIONAL QUE ATIENDE LA SALUD DEL PERÚ ES NECESARIO E
IMPORTANTE MAS SI EN ESTOS TIEMPOS ES NECESARIO UNA MEJOR ACTUALIZACION EN LA
ATENCION DE NUESTROS PACIENTES EN TODO ESTABLECIMEINTO DE SALUD.
12) SERVIR
DEBEN DE CAUTELAR LA MERITOCRACIA EN TODOS LOS GRUPOS OCUPACIONALES SIN OLVIDAR
QUE EL TECNICO ASISTENCIAL LEY 28561, TAMBIEN EXISTE. SERVIR deben CAUTELAR
que las Leyes se cumplan en todo Sector donde ellos deben de cautelar se
apliquen pero también deben de cautelar que nuestros derechos de los Técnicos
Asistenciales se cumplan, por las funciones que realizamos en el cuidado, atención,
rehabilitación y movilización de nuestros pacientes por indicaciones Médicas.
A MODO DE CONCLUCIÓN.
a) Las normas Legales deben de cumplirse y así
acabar la discriminación de los Técnicos Asistenciales agrupados por la Ley
28561, ¿Cómo es posible 24 años no se den reconversión de cargos según Ley
25333 al nivel SPE? Cuando en todos los demás Grupos Ocupacionales ya se
dieron.
b) ¿Cómo es posible a todos dentro del D.L.
1153 el año 2013 les aumenten desde Médicos hasta Enfermeras y al Técnico
Asistencial Ley 28561 también dentro del D.L 1153 no nos dieron hasta ahora el
aumento que nos corresponde del 55%?
c) Existen otros derechos que el Técnico Asistencial
agrupado en la Ley 28561 deben de ser tomados en cuenta como Jefaturas,
COLEGIOS PROFESIONAL DE TECNICO ASISTENCALES, boletas con nuestra Ley del Técnico
Asistencial y Línea de Carrera.
#TecnicosAsistencialesDelPerú
#ChaquetasBlancas
#SindicatosDeTrabajadoresAsistenciales
#FederacionesRegionalesDeTrabajadoresAsistencialesDelPerú
#FederaciónNacionalDeTrabajadoresAsistenciales
#ConfederaciónDeTrabajadoresAsistencialesDelPerú
SI SE PUEDE
Alberto
Motta Ochoa
Teologo&Tecnico
Asistencial
DIOS les bendiga.
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Hola Colega Técnico Asistencial: Espero que comentes, para así seguir sirviendo en la necesidad de la Organización Sindical y Defensa de los Técnicos Asistenciales, llegar a tener nuestro Colegio de Técnicos Asistenciales Paramédicos y seguir organizando mas Sindicatos en todas la Regiones del Perú, las Federaciones Regionales y nuevamente reactivar nuestra Confederación, con quien logramos obtener la Ley del Técnico Asistencial, Ley 28561, Donde el Sindicato de Técnicos SutaEsalud y su Secretario General Juan Manrique Salas, fue quien impulso la unidad de todo Técnico Asistencia, dejar el miedo y por medio de nuestra Confederación Asistencial CONTAP.
Pega el enlace de abajo y encontraras la Ley 28561, Ley del Técnico Asistencial.
Tener Facebook.
Unirse Facebook. https://www.facebook.com/
http://docs.peru.justia.com/federales/leyes/28561-jun-27-2005.pdf
DIOS les bendiga..